Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2019-S4
Fecha: 28-Ago-2019
II.10.
II.10. Por Memorial de 19 de septiembre del mismo año, el ahora accionante, solicitó a la Jueza conocedora del proceso voluntario de inscripción, que se emita orden de desbloqueo a la autoridad hoy demandada, respecto a la matricula computarizada 4011030006621 (fs. 51 y vta.). Mediante providencia de 19 de igual mes y año, la mencionada autoridad, negó la solicitud ya señalada, bajo el criterio que no fue su autoridad que dispuso dicho bloqueo (fs. 52).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.10.
- II.11.
- III.
- III.1.
- siempre que se cumplan los requisitos legales
- el Registrador, en atención al art. 89.i del mismo precepto legal, pueda “Aceptar o denegar la inscripción de documentos, previa calificación de los mismos y en atención a las normas legales en vigencia y el presente Reglamento”
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- se pronunciare sentencia que alcance la calidad de cosa juzgada,
- CONFIRMAR