Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La impetrante de tutela, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, en razón a que se encuentra con detención preventiva con fines de extradición en el Centro Penitenciario “San Pedro” de Oruro, por más de los cuarenta días que dispuso la autoridad demandada mediante Auto Interlocutorio 12/2019 de “24” -siendo lo correcto 23- de febrero, sin que se hubiere efectivizado su extradición a la República Argentina, encontrándose por ello detenida indebidamente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, (…) sea disponiendo el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales y/o la remisión del caso al juez competente, la restitución del derecho a la libertad física, o la protección de la vida misma, motivo por el cual se constituye en una acción tutelar preventiva, correctiva y reparadora de trascendental importancia que garantiza como su nombre lo indica, la libertad, derecho consagrado por los arts. 22 y 23.I de la CPE
- III.2. Análisis del caso concreto
- la detención preventiva
- Detención preventiva
- “24” -siendo los correcto 23- de febrero
- Fragmento 20
- CONFIRMAR