SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

En relación al punto dos

Por otro lado, la accionante también denuncia que la autoridad demandada sin esperar los resultados a ser emitidos por el IDIF procedió a señalar nuevo día y hora de audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares para 19 de marzo de 2019, disponiendo al mismo tiempo se libre mandamiento de aprehensión en aplicación del art. 129.2 del CPP.

Sobre esta denuncia que también forma parte de la problemática planteada en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que, el señalamiento de la audiencia no está condicionada a los eventuales resultados que podría emitir el IDIF, puesto que la comprobación y/o verificación del impedimento físico diagnosticado en el Certificado Médico en cuestión, surtirá sus efectos solo para justificar la inasistencia de la accionante a la audiencia de 8 de marzo de 2019, no obstante a ello, la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares debe efectivizarse y a tal fin e independientemente de los resultados, la autoridad demandada concedió a la impetrante de tutela un plazo prudencial para que comparezca –art. 88 del CPP–, al señalar dicha audiencia para once días después resguardando la salud de la prenombrada.

Ahora bien, una vez superada esta denuncia sobre el señalamiento anticipado de la referida audiencia, corresponde verificar si la disposición de que, al mismo tiempo de haber fijado nuevo día y hora de audiencia, la Jueza demandada dispuso se libre mandamiento de aprehensión en contra de la accionante aplicando el art. 129.2 del CPP, es ilegal; para ello se tiene que en el presente caso, por los hechos anteriormente analizados, en el que se concluyó que los resultados que vaya a emitir el IDIF respecto al certificado médico, no es condición para la prosecución del proceso, más específicamente la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares; empero sí, para la emisión del mandamiento de aprehensión por los siguientes motivos que se explicará a continuación.