Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2019-RCA
Fecha: 12-Sep-2019
en este caso amerita analizar lo planteado en la presente acción de amparo constitucional
Sin embargo, en la misma SCP 0056/2018-S1, se sostuvo que: “No obstante lo referido y con la finalidad de efectivizar un real acceso a la justicia constitucional, que esta sea pronta y oportuna; así también en observancia de los principios de celeridad y economía procesal, en este caso amerita analizar lo planteado en la presente acción de amparo constitucional, al resultar previsible el resultado a producirse de denegarse la tutela y que el accionante nuevamente presente otra acción de defensa subsanando requisitos esenciales que pudieron ser corregidos de haberlos advertido la Jueza de garantías en la fase de admisibilidad.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- esa decisión causa estado y adquiere la calidad de cosa juzgada
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
- no se advierte una relación entre los hechos y los derechos denunciados como vulnerados que permita a este Tribunal determinar si hubo o no lesión a los derechos al debido proceso
- en este caso amerita analizar lo planteado en la presente acción de amparo constitucional
- De esa respuesta se puede concluir que existe un pronunciamiento de la citada Comisión que conoció la solicitud del hoy accionante
- con relación al cálculo de la renta única de vejez, consta en obrados las notas de respuesta efectuadas al accionante
- Fragmento 15