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    AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2019-RCA

    Fecha: 12-Sep-2019

    I.2.

    Considera la lesión de sus derechos al debido proceso, a la jubilación, a la vejez digna, a la impugnación y a la defensa; citando al efecto los arts. 115.II, 117.I, 119, 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); XVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • esa decisión causa estado y adquiere la calidad de cosa juzgada
    • Fragmento 9
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • no se advierte una relación entre los hechos y los derechos denunciados como vulnerados que permita a este Tribunal determinar si hubo o no lesión a los derechos al debido proceso
    • en este caso amerita analizar lo planteado en la presente acción de amparo constitucional
    • De esa respuesta se puede concluir que existe un pronunciamiento de la citada Comisión que conoció la solicitud del hoy accionante
    • con relación al cálculo de la renta única de vejez, consta en obrados las notas de respuesta efectuadas al accionante
    • Fragmento 15

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