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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2019-S3

    Fecha: 02-Sep-2019

    II.4.

    II.4.    La Secretaria de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Informe de 18 de junio de 2015, hizo conocer a Fidel Marcos Tordoya Rivas, Exmagistrado del referido Tribunal, el incumplimiento por parte de Félix de La Fuente Sejas, a las obligaciones encomendadas en relación a la protesta formal 597/2012 (fs. 11).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a la fecha se viene tramitando el proceso ordinario de fraude procesal
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Presupuestos para ingresar a revisar la interpretación de la legalidad ordinaria
    • i)
    • si hasta el término del año no se hubiere fallado aún el juicio dirigido a comprobar algunas de las circunstancias señaladas en el artículo precedente, bastará que dentro de este plazo se hiciere protesta formal de usar este recurso
    • bastará que dentro de este plazo se hiciere protesta formal de usar el recurso,
    • El Tribunal Supremo de Justicia una vez verificado la observancia de los plazos y los requisitos señalados, dispondrá que el tribunal o juzgado donde se encuentra el proceso lo remita
    • Fragmento 17
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • bastará
    • REVOCAR

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