SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2019-S4

Fecha: 03-Sep-2019

3)

3)       La Sentencia realizó un análisis motivado y en base a la sana crítica, de las pruebas presentadas por la demandante, al no existir prueba en contrario, demostrándose que ésta se encuentra en posesión del inmueble en litigio, la cual ejerció en forma pacífica, de buena fe, continua e ininterrumpida por más de cinco años, conforme se tiene acreditado por la prueba documental de fs. 1 a 32 del expediente del proceso y la inspección judicial, de manera que el a quo, en virtud al principio de verdad material por el que se rigen los operadores de justicia, llegó a la convicción de que el bien inmueble cumple con el requisito de estar destinado a la vivienda; asimismo, se realizó la valoración pertinente de las pruebas testificales presentadas por la demandante, por la que Crecencio Aiza Quespi y David López Guerrero, manifestaron ser vecinos de la demandante desde el 2007, que la misma utilizó el inmueble para vivienda, realizando construcciones y mejoras, declaraciones que son coincidentes entre sí, por lo que el juzgador les dio un valor positivo; en consecuencia, la Sentencia apelada se encuentra enmarcada en los parámetros de los arts. 190 a 192 del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrg.); consiguientemente, el Juez del proceso realizó una minuciosa valoración de los medios probatorios y la parte demandada, conforme consta en autos, no realizó ninguna actuación al respecto, ni oponiendo tachas ni sugiriendo atestaciones y pruebas documentales que desvirtúen las alegaciones de la demandante.