Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
5)
5) Finalmente, señalaron que el inmueble del caso de autos, cuenta con una construcción habitada por la demandante de carácter permanente destinada a la vivienda por más de cinco años anteriores a la promulgación de la Ley 247, conforme se determina en la inspección judicial del bien inmueble cuya acta corre a fs. 147.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- prueba documental consistente en la demanda de fs. 19, 24 y 49, folio real de fs. 98
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones
- i)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- primer
- tercer agravio
- CONFIRMAR