SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 18 de julio de 2018, la impetrante de tutela, planteó recurso de apelación, argumentando en lo principal, que se inició el sumario disciplinario en su contra, por las faltas graves insertas en el art. 25 incs. m) y g), del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, “así como del b) de los artículos. 24 y 52” (sic), de igual Reglamento; empero, en la Resolución de primera instancia, el texto en la identificación de las normas resultó ser confuso, toda vez que, en la parte resolutiva, el primer artículo mencionado (art. 25 del Reglamento citado), no contiene el inciso m); por su parte, el art. 52 inc. b), de igual norma, trata del consumo de bebidas alcohólicas; por otro lado, las prohibiciones no son faltas administrativas, puesto que no tienen sanción y por último, el incumplimiento de deberes es una figura penal fuera del alcance de las facultades de procesamiento del Tribunal sumarial (fs. 12 a 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR