SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2019-S1
Fecha: 04-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los peticionantes de tutela, denuncian la vulneración de los derechos a la defensa, al debido proceso y a la propiedad; así, como a los principios de seguridad jurídica, probidad, legalidad, justicia transparente, publicidad, buena fe y lealtad procesal; toda vez que, fueron sometidos a un proceso ejecutivo ante una autoridad incompetente y en cuya ejecución de Sentencia, se allanó su domicilio sin que estos se encuentren presentes, pese a que el mandamiento de desapoderamiento expedido expresaba que el allanamiento con ayuda de la fuerza pública procedía solo en caso de resistencia; así también, al haber en el contrato de préstamo de dinero renunciado a la acción ejecutiva, correspondía se instaure el proceso coactivo civil; de igual manera en dicho documento, el Banco PYME Ecofuturo S.A. señaló un domicilio distinto al de la demanda, siendo asimismo contradictoria la denominación de dicha entidad, cuyo representante ostentaba un poder que no tenía validez; de las diligencias practicadas el 21 de julio, 12 de septiembre y 16 de noviembre, todos de 2017, no se constata el nombre completo de los respectivos testigos de actuación, observando que en otras diligencias figura una misma testigo; y, se extraña que en el oficio al Colegio de Arquitectos para la designación de un perito y cuestionan la inadecuada referencia al art. 217 del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- EN CASO DE RESISTENCIA
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- a)
- denegó
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación del principio de subsidiariedad en acción de amparo constitucional
- 1)
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- el accionante debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa, pues donde se deben reparar los derechos y garantías lesionados es en el mismo proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR