SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

III.3. Otras consideraciones

Este Tribunal, dentro de la atribución establecida en el art. 202.6 de
la CPE, advierte que siendo subsanada la presente acción de defensa, la misma fue admitida mediante Auto de 6 de febrero de 2019; sin embargo, el Tribunal de garantías, señaló audiencia para el 8 de marzo de igual año (fs. 246); es decir, fuera del plazo de cuarenta y ocho horas previsto en el art. 56 del CPCo, dilatando indebidamente la consideración y resolución del proceso constitucional, desconociendo la naturaleza jurídica de este tipo
de acciones tutelares y el carácter sumario y expedito del cual están revestidas.

Así también y al margen de esta inicial dilación, se constata que, siendo resuelta la presente acción de defensa el 8 de marzo de 2019, la misma recién fue remitida en revisión ante este Tribunal el 3 de abril de igual año, conforme consta de la papeleta del servicio de courier (fs. 306); es decir, fuera del plazo de veinticuatro horas establecido en los arts. 129.IV de la CPE y 38 del CPCo.