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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S2

    Fecha: 11-Sep-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • Fragmento 11
    • III.1.
    • exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
    • Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable
    • Fragmento 15
    • [8]
    • relevancia constitucional
    • III.2. Respecto a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales: Por vulneración del derecho a una resolución congruente y motivada; valoración probatoria apartada de los marcos de razonabilidad y equidad; e, incorrecta interpretación de la legalidad ordinaria, que vulneren derechos fundamentales
    • Fragmento 19
    • sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución,
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
    • subsidiario
    • se efectúa a partir de la última resolución
    • respecto a la primera problemática
    • primera problemática planteada
    • segunda problemática
    • si inicialmente fue admitida y consentida en su efectivización por el accionante
    • precisa presentación
    • CONFIRMAR
    • MAGISTRADA
    • [6]
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
    • cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida, dejando transcurrir el plazo que se tiene para impugnar, procediendo a ejecutar o cumplir el acto

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