SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
Fragmento 21
Finalmente, con relación a la falta de fundamentación y motivación de la resolución impugnada, cabe señalar que ciertamente la resolución emitida por la Jueza demandada, constituye una decisión sin motivación, puesto que no construye la premisa juridica de la decisión y no examina los errorres advertidos por los incidentistas bajo el tamiz de todos los principios que rigen las nulidades procesales; empero, este defecto también carece de relevancia constitucinal, puesto que tampoco evidencia la posibilidad de modificar el fondo de la decisión de rechazo del incidente de nulidad de obrados a causa de errores de foliación y desorden del expediente, razón por la cual, corresponde denegar la tutela solicitada.
- acción de
- I.1.1
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- i)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.1. Sobre la legitimación activa.
- III.3.2. Con relación a la actuación del Tribunal de apelación
- Fragmento 19
- III.3.3. Sobre la actuación de la Jueza de primera instancia
- Fragmento 21
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)