Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
II.3.
II.3. Mediante escrito presentado el 21 de mayo de 2018, Braulio Espinoza Cordes, por sí y en representación de su esposa María Mirian Saucedo Hurtado, interpuso recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio 378/18 de 10 de mayo de 2018, alegando que el Jueza, rechazó el incidente de nulidad convalidando la actuación del diligenciero que alteró la foliación del proceso (fs. 317 y 318 vta.).
- acción de
- I.1.1
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- i)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.1. Sobre la legitimación activa.
- III.3.2. Con relación a la actuación del Tribunal de apelación
- Fragmento 19
- III.3.3. Sobre la actuación de la Jueza de primera instancia
- Fragmento 21
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)