SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
Auto de 12 de marzo de 2019
En ese marco, se tiene que a través de Auto de 12 de marzo de 2019, la Jueza de Instrucción Penal Tercera del departamento de Cochabamba, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva de la impetrante de tutela (Conclusión II.1), en mérito a que comprobó la concurrencia de los arts. 233 con relación a los arts. 234.1, 2 y 4; y 235.2 del Código adjetivo penal; empero, efectuando un análisis el principio de proporcionalidad en la aplicación de la detención preventiva y previo desglose de la SCP 2299/2012, referencia al art. 13.I de la CPE y 221 del CPP, concluyó que tenía duda sobre la aplicación la medida cautelar más gravosa como la detención preventiva y ante la posibilidad de aplicar medidas cautelares menos gravosas que de igual forma cumplan la finalidad establecida en el art. 221 del CPP; asimismo, teniendo presente la SCP 0010/2018-S2, que establece la obligación de la autoridad jurisdiccional de hacer un juicio de proporcionalidad considerando el grupo de vulnerabilidad en el cual se encuentra la ahora imputada, por encontrarse dentro del grupo de personas de la tercera edad, en concordancia al art. 13 de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, determinó apartarse de lo solicitado por la representación del Ministerio Público y de la parte denunciante, a efectos de imponer medidas sustitutivas a la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. El efectivo conocimiento de la actuación judicial, a través de la diligencia de notificación, garantiza el ejercicio pleno de los derechos a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes procesales
- III.2. La notificación con la providencia de fijación de audiencia de apelación incidental de aplicación de medidas cautelares
- III.3. L
- III.4. Las personas adultas mayores como grupo vulnerable susceptible de beneficiarse con un enfoque diferencial e interseccional en el ejercicio de sus derechos: Aplicación o revocatoria de la detención preventiva
- a.1)
- b.2)
- b.3)
- III.5.
- denegar
- Auto de 12 de marzo de 2019
- apelación incidental
- Auto de Vista de 14 de mayo de 2019
- conceder en parte
- CONFIRMAR