SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución de 05/2019 de 30 de mayo, cursante de fs. 184 a 190, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Benjamín Ruddy Paxi Coro, en representación sin mandado de los comunarios de la Comunidad “Bajaderia” del municipio de Cairoma de la provincia Loayza del departamento de La Paz, contra Rolando Mamani Huanca, Juez de Instrucción Penal Primero de Viacha; Roxana Lupe Aruquipa Luna, Jueza Pública Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primera de Luribay; Rita Irma Fernández Quilo, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Sapahaqui; Jorge Luis Antequera Bernal, Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sica Sica todos del departamento de La Paz; Limbert Manuel Orozco Carvajal; María Sara Delgado Callisaya; Juan Carlos Soria Carpio; Debora Olivera Capihuara todos Fiscales de Materia; y, Hernán Cordero Terán.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 30 de abril de 2018
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR