SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

En relación al reclamo de la falta de congruencia

Abordando la problemática planteada se advierte que el accionante alega una falta de congruencia en su connotación ultra petita en el Auto de Vista 152/2019; al respecto la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional señala que toda resolución judicial o administrativa emitida en la fase de impugnación, debe exponer los fundamentos de hecho y derecho efectuados por las partes, con la finalidad de que la determinación a asumirse responda a todos los puntos apelados y que se encuentren en relación con lo resuelto por el inferior en grado, en base a la exigida valoración integral.

En ese marco, en estricta observancia de la citada jurisprudencia y conforme lo alegado por el accionante –incongruencia ultra petita–, a continuación se efectuará la debida contrastación entre los argumentos del recurso de apelación formulados por la parte víctima con los fundamentos del Auto de Vista 152/2019, así como de su Auto complementario, en ese sentido se tiene el siguiente análisis: