Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
II.3.
II.3. Consta que a horas 14:30 de 7 de junio de 2019, el referido proceso penal fue recibido por el Juzgado de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz. En efecto, la autoridad judicial hoy demandada, inmediatamente fijó audiencia para horas 17:30 del mismo día, para considerar la solicitud de detención preventiva requerida por el Ministerio Público contra Lizeth Lina Mamani Torrico e Hilda Beatriz Yucra León de León, disponiendo la notificación personal a las nombradas imputadas con la Resolución de imputación formal (fs. 5).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II
- en el plazo de veinticuatro horas, para que resuelva dentro del mismo plazo, sobre la aplicación de alguna de las medidas cautelares previstas en este Código o decrete su libertad por falta de indicios
- si el juez incumple éste plazo en el cual debe definir la situación jurídica de la persona aprehendida, procede la presente acción contra la correspondiente
- III.2.
- conceder
- Fragmento 18