Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2019-S2
Fecha: 25-Sep-2019
II.4.
II.4. Por decreto de 27 de diciembre de 2018, el Presidente del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, declaró ejecutoriada la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 237/2018, ordenando la remisión de la misma al Comando General de la citada institución del orden, a fin de proceder conforme establece el art. 101 de la LRDPB (fs. 286).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- ii)
- iii)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- la potestad o facultad que tiene toda persona a encontrar y mantener una ocupación que le permita asegurar su propia subsistencia y la de aquellos que se encuentran bajo su dependencia
- Estados partes se comprometen a adoptar las medidas que garanticen plena efectividad al derecho al trabajo
- Fragmento 27
- caso de haber incurrido en faltas disciplinarias sancionadas con retiro o baja definitiva; se trata de dos causas de retiro independientes
- “Se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión que en el ejercicio de sus funciones incurran las servidoras y los servidores públicos policiales
- III.5. Análisis del caso concreto
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- iv)
- v)
- vi)
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)