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    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2020-RCA

    Fecha: 27-Ene-2020

    2º

    2º  EXHORTAR a la Sala Constitucional Segunda del departamento de La Paz, considerar la jurisprudencia constitucional y aplicar correctamente el procedimiento establecido en el Código Procesal Constitucional al momento de pronunciar sus resoluciones, conforme lo citado en el presente Auto Constitucional.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • 1)
    • por no presentada
    • el plazo procesal
    • dichos plazos, conforme lo prevé el art. 141 de citado Código, transcurren ininterrumpidamente y sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales; empero, se entiende que esa suspensión por vacación judicial es para el cómputo de los plazos procesales que transcurren dentro de la sustanciación de proceso judicial
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
    • II.2.  Análisis del caso concreto
    • plazo de tres días a partir de su notificación
    • 5 de octubre
    • RM 375/19 de 26 de abril de 2019
    • nexo de causalidad
    • 2º

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