SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2020-S2

Fecha: 06-Oct-2020

denegó

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 187/2019 de 20 de noviembre, cursante de fs. 957 a 960 vta., denegó la tutela impetrada; determinación asumida con los siguientes fundamentos: i) La acción de amparo constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computables a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial, lo que significa que existe caducidad cuando no se interpone la acción de defensa dentro del citado plazo; ii) De las pruebas presentadas por las partes se establece que la AGIT, dictó la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0268/2019, mediante la cual resolvió confirmar la Resolución del Recurso de Alzada, emitida por la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) La Paz, en consecuencia mantuvo firme y subsistente la Resolución Sancionatoria en Contrabando; iii) La Resolución de Recurso Jerárquico, fue notificada al accionante Manuel Cochi en representación legal de José Nelson Trifón Encinas Muriel, mediante cédula a horas 09:57 del día miércoles 27 de marzo de 2019, diligencia que fue practicada con intervención de Temis Clarita Concha Flores; y, iv) De lo expuesto se tiene que el accionante no interpuso la presente acción de amparo constitucional dentro del plazo de seis meses que prevén los arts. 129.II de la CPE y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo), de lo que se colige que caducó el mismo para interponer la acción de defensa.