Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2020-S2
Fecha: 21-Oct-2020
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2019, el solicitante de tutela se apersonó ante el demandado, señalando que a través de los medios de comunicación conoció que, dentro del supracitado proceso penal, se decidió ampliar la investigación en su contra, disponiéndose su notificación para que preste su declaración informativa (fs. 45 a 47).
- siguientes fines
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- 4.
- 5.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR