Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2020-S1
Fecha: 07-Oct-2020
II.1.
II.1. Cursa Resolución Determinativa 17-0000923-09 de 29 de diciembre de 2009, por la que se resuelve determinar de oficio la obligación impositiva para Rubén Darío Parada Barba (fs. 36 a 41). Notificada al señalado el 30 del indicado mes y año (fs. 42). Quien interpuso demanda contencioso tributaria contra dicha Resolución, mediante memorial de 13 de enero de 2010 (fs. 43 a 47). Dictándose en consecuencia la Sentencia 01/2015 de 10 de enero, que declaró improbada la misma manteniendo firme y subsistente la Resolución impugnada (fs. 48 a 57).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la fundamentación
- con la debida fundamentación
- 77
- 78
- que es la justificación de la decisión
- la fundamentación y motivación
- III.2.
- i) Respecto a que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista 82, no analizó el art. 52 del referido cuerpo normativo
- CORREPONDE A LA SCP 0578/2020-S1 (viene de la pág. 21)
- CONFIRMAR
- lo consagra como un principio, un derecho y una garantía, es decir, la naturaleza del debido proceso es reconocida por la Constitución en su triple dimensión: como derecho fundamental de los justiciables, de quien accede reclamando justicia, la víctima y de quien se defiende el imputado