Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2020-S4
Fecha: 20-Oct-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su representantes legales, en audiencia, ratificaron los términos de su acción tutelar y ampliando señalaron que, conforme al art. 180 de la CPE, tienen derecho a recibir protección bajo una resolución debidamente fundamentada; es decir, que cumpla los parámetros de pertenencia, congruencia entre lo peticionado por el apelante, ahora coimputado, y lo resuelto por los Vocales demandados; empero, lo que estas autoridades hicieron es emitir una Resolución ultra petita, al salirse de su propia competencia, referida a la competencia de los jueces y tribunales constitutiva de la fundamentación de agravios del apelante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 7
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Presupuestos mínimos para revisar la actividad jurisdiccional de los jueces y tribunal ordinarios
- III.2. Análisis del caso concreto
- primera problemática
- segunda problemática
- tercera problemática
- denegar
- cuarta problemática
- CONFIRMAR