SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2020-S4

Fecha: 20-Oct-2020

excepcionalmente puede analizarse la interpretación efectuada por los jueces y tribunales ordinarios; empero, es necesario que el accionante a tiempo de cuestionar la interpretación de la legalidad ordinaria cumpla ciertas exigencias,

Por otra parte, se tiene que se encuentra vetada a la jurisdicción constitucional la revisión de la interpretación efectuada por los jueces y tribunales ordinarios; sin embargo, de manera excepcional, es posible dicha revisión de la legalidad, para el caso en que se detecten vulneraciones de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales; empero, siempre y cuando el impetrante de tutela, a tiempo de cuestionar dicha interpretación, hubiera cumplido con las exigencias señaladas por la jurisprudencia constitucional, en ese sentido la SC 0194/2011-R de 11 de marzo, estableció que: “…excepcionalmente puede analizarse la interpretación efectuada por los jueces y tribunales ordinarios; empero, es necesario que el accionante a tiempo de cuestionar la interpretación de la legalidad ordinaria cumpla ciertas exigencias, a objeto de que la situación planteada adquiera relevancia constitucional, como ser: