SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2020-S4
Fecha: 20-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en relación al principio de seguridad jurídica y fundamentación; puesto que, dentro del proceso penal en el que se constituyen como parte querellante, por la presunta comisión del delito de sustracción de prenda aduanera, los Vocales demandados, en alzada, revocando el fallo impugnado declararon fundada la excepción de prescripción de la acción penal interpuesta por Fanny Mónica Villarroel Salinas, alejando sus actuaciones y razonamientos de la normativa penal vigente y lo previsto por los arts. 330 y 112 de la Ley Fundamental, omitiendo considerar la existencia de delitos instantáneos con efectos permanentes, la calidad de los bienes sustraídos y el daño económico al Estado que determinaría su imprescriptibilidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda vez que la Constitución reconoce diversas jurisdicciones en las cuales las autoridades con plenitud de jurisdicción y competencia interpretan y aplican las normas al caso concreto, la jurisdicción constitucional no puede desconocer esa atribución y generar un desequilibrio entre jurisdicciones
- excepcionalmente puede analizarse la interpretación efectuada por los jueces y tribunales ordinarios; empero, es necesario que el accionante a tiempo de cuestionar la interpretación de la legalidad ordinaria cumpla ciertas exigencias,
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR