SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2020-S3

Fecha: 15-Oct-2020

no existe referencia alguna en la Resolución que ahora se denuncia como vulneratoria de derechos constitucionales. En ese orden, no se expresó si resulta ser evidente o no la inclusión de esta prueba y si la misma

Sobre el segundo agravio, sí se encuentran razones suficientes para considerar que las autoridades ahora accionadas incurrieron en incongruencia, por cuanto respecto a la supuesta inclusión de material probatorio contenido en los dos discos compactos de audio dentro de la Resolución de primera instancia, no existe referencia alguna en la Resolución que ahora se denuncia como vulneratoria de derechos constitucionales. En ese orden, no se expresó si resulta ser evidente o no la inclusión de esta prueba y si la misma -conforme lo señala el accionante- vendría a constituirse en una prueba no ofrecida, producida ni debatida en juicio. De esta manera, queda en evidencia no haber satisfecho todos los puntos expresados como agravios, situación que genera vulneración al derecho al debido proceso en su elemento de congruencia externa, entendido como la correspondencia entre lo pedido, considerado y resuelto, el cual se encuentra vinculado a la carencia de fundamentación y motivación del fallo emitido por las autoridades accionadas. Esta constatación determina la concesión de la tutela, por lo cual corresponde se repare la lesión de dicho derecho fundamental, ordenando la emisión de un nuevo fallo de segunda instancia.