SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2020-S3

Fecha: 23-Oct-2020

legitimación activa

           En cuanto este importante factor a considerar respecto a la capacidad de la parte accionante de solicitar la protección constitucional, la SCP 0720/2019-S1 de 12 de agosto, asumiendo entendimientos jurisprudenciales emitidos sobre este presupuesto procesal, refirió que: «Al respecto, la línea jurisprudencial emitida por el Tribunal Constitucional, de manera reiterada asumió el entendimiento de que la legitimación activa constituye la facultad de solicitar la protección de la tutela del amparo por quien es el titular del derecho respecto al cual se solicita la protección, así la SCP 1507/2014 de 16 de julio, señaló que: La legitimación activa en la acción de amparo constitucional es entendida como la capacidad que tiene toda persona sea natural o jurídica para interponerla y solicitar al Estado la protección o restitución de un derecho vulnerado. En ese sentido, quien tiene esta capacidad de solicitar la tutela de su supuesto derecho vulnerado, es el titular del mismo o, en su caso, un representante legítimamente acreditado a través de un poder notarial.