SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2020-S2
Fecha: 12-Nov-2020
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante a través de su abogada ratificó los contenidos en la demanda tutelar destacando que se debió aplicar la norma específica; es decir, el Reglamento de Sumario Administrativo, constituyendo el Memorándum de llamada de atención que recibió, una resolución definitiva sujeta a los recursos administrativos de impugnación; no obstante, no se ingresó a considerar el mismo en el fondo, obviando lo regulado en la SCP 2569/2012 (no consigna la fecha), que establece la prevalencia de una norma especial sobre una de carácter general en virtud al principio de especialidad y que ante faltas, transgresiones, omisiones y hechos irregulares cometidos por un trabajador en el ejercicio de sus funciones, se deben sustanciar sumarios administrativos, a objeto de establecer responsabilidades contra los infractores; no siendo posible que las autoridades de la C.S.B.P., emitan memorándum sin que los trabajadores puedan objetarlos pese a la inexistencia de un proceso previo para expedirlos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo
- no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario, una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integra de todos los puntos demandados por las partes
- Amonestación
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR