SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2020-S4

Fecha: 04-Nov-2020

i)

José Manuel Gutiérrez Velásquez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, remitió informe presentado vía WhatsApp, mismo que se dio lectura en audiencia, donde señaló que: i) No se encontró doctrina legal o jurisprudencia en la acción tutelar presentada, su autoridad resolvió en base a los antecedentes y conforme prevé la norma, en todo caso existía la posibilidad de que el detenido ahora solicitante de tutela pueda seguir en esa condición durante el desarrollo del juicio oral, aunque en otras vertientes; ii) Con relación a la convalidación de los actuados, la misma opera, ya que se solicitó la ampliación de la detención preventiva y la Jueza a quo al no considerar este aspecto, efectivamente está considerado como un defecto, no obstante su autoridad resolvió, porque sea tratado en otro escenario, porque se cambió la situación procesal; y, iii) Respecto a la tutela judicial efectiva la SCP 1949/2013 de 4 de noviembre, a la que hizo referencia el recurrente, trata exclusivamente de la aplicación de la detención preventiva y la otra SCP 1471/2012 de 24 de septiembre, trata a cerca de la cesación de la detención preventiva; es decir que, no tienen similitud en cuanto a los aspectos fácticos; por lo cual, no tienen el alcance respectivo, se acudió también a la importancia que tiene el art. 235 del CPP.