SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2020-S4

Fecha: 04-Nov-2020

sin embargo, por efecto de la ulterior presentación de la acusación fiscal

Asimismo por Auto complementario 94-A/2020, manifestó que: la Jueza a quo ya no es competente, al momento de celebración de la audiencia de 2 de marzo de 2020, si lo era, por ende se incumple el art. 54.1 del CPP; sin embargo, por efecto de la ulterior presentación de la acusación fiscal y al haberse mutado etapas procesales, es razonable que el Juez natural de la causa conozca cualquier incidencia y en este caso serían los Tribunales de Sentencia o Juez de Sentencia de acuerdo a la autoridad judicial que corresponda; además, señaló que al haber cambiado la etapa procesal a juicio, deberán ser escuchadas ambas partes, porque se trata de aplicar el principio de oralidad y por un principio de inmediación, las autoridades en un proceso oral no pueden dictar directamente resolución, deben escuchar previamente a las partes, tomando en cuenta que el tiempo procesal cambió y porque la respuesta que hizo en su momento el Ministerio Público data del 14 de enero del 2020, antes de que concluya la etapa preparatoria.