Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2020-S2
Fecha: 19-Nov-2020
II.1.
II.1. El Honorable Consejo de la Facultad de Agronomía de la UMSA, emitió la Resolución RES.FAC.AGRONOMÍA 240/2019 de 7 de febrero, que exoneró del cargo de docente de la Carrera de Ingeniería Agronómica a Edgar Ramón García Cárdenas -ahora tercero interesado-; suscrita por Félix Fernando Manzaneda Delgado, en su calidad de Decano de dicha Facultad y Presidente del señalado Consejo Facultativo -hoy accionante- (fs. 11 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- II.
- Es así, que como exigencia ineludible de la persona física o jurídica que considera haberse vulnerado o restringido sus derechos o garantías fundamentales y que pretende la protección o restablecimiento de los mismos, debe cumplir con el principio y ahora requisito legal de la inmediatez
- Dentro del contexto señalado, la exigencia procesal de la inmediatez, tiene justificación en que la jurisdicción constitucional no puede aguardar de manera indefinida que el titular del derecho solicite su protección, pues en su propio interés debe ser diligente en cuanto al respeto y vigencia de sus derechos, además de hallarse directamente vinculada a los principios de preclusión y celeridad
- por lo que toda presentación fuera del plazo señalado, es extemporánea
- CONFIRMAR