Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2020-S4
Fecha: 10-Nov-2020
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista de 20 de marzo, la Sala Civil y Comercial, Familia Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en atención al recurso de apelación presentado por Urbana Egüez Vaca Vda. de Justiniano contra la Sentencia 21, revocó el fallo apelado, declarando improbada la demanda principal y probada la reconvención presentada por los demandados, sin costas (fs. 548 a 554 vta.; y, 613 a 615 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales y el principio de congruencia como elementos del debido proceso
- i)
- III.2. La revisión en sede constitucional sobre la valoración de la prueba realizada en procesos judiciales o administrativos
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- OCASIONÁNDOME UN AGRAVIO AL REVOCAR UNA SENTENCIA LOGRADA EN BASE A ELEMENTOS PROBATORIOS SUFICIENTES Y QUE NUNCA FUE DESVIRTUADA, Y MÁS AGRAVIO AUN CUANDO DECLARA PROBADA UNA ACCIÓN RECONVENCIONAL NO ACREDITADA
- REVOCAR