Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2020-S4

    Fecha: 10-Nov-2020

    II.3.

    II.3.  A través de memorial presentado el 18 de abril de 2018, la hoy solicitante de tutela, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo contra el Auto de Vista referido; el mismo que se resolvió por Auto Supremo 34/2019 de 28 de enero, dictado por los Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justica –autoridades hoy demandadas–, declarando infundado el recurso, con costas y costos (fs. 619 a 626; y, 646 a 654 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
    • I.2.1.
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales y el principio de congruencia como elementos del debido proceso
    • i)
    • III.2. La revisión en sede constitucional sobre la valoración de la prueba realizada en procesos judiciales o administrativos
    • Fragmento 16
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • OCASIONÁNDOME UN AGRAVIO AL REVOCAR UNA SENTENCIA LOGRADA EN BASE A ELEMENTOS PROBATORIOS SUFICIENTES Y QUE NUNCA FUE DESVIRTUADA, Y MÁS AGRAVIO AUN CUANDO DECLARA PROBADA UNA ACCIÓN RECONVENCIONAL NO ACREDITADA
    • REVOCAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca