SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2020-S3

Fecha: 03-Nov-2020

1)

El accionante a través de su representante sin mandato en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción libertad y ampliándolo, manifestó que: 1) El Juez de primera instancia remitió el 19 de mayo de 2020 el cuaderno de apelación ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, y hasta el día de “hoy” -se entiende 28 de ese mes y año- transcurrieron catorce días sin que el recurso de apelación sea resuelto, sin tomar en cuenta que la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019- otorga a la autoridad judicial el plazo de tres días para resolver el recurso de apelación; 2) Los plazos procesales no se flexibilizaron, sino, se suspendieron todas las causas, exceptuando los trámites de cesación, aplicación y modificación de medidas cautelares; y, 3) Las audiencias virtuales deben ser convocadas únicamente cuando se trate de personas adultas mayores, mujeres embarazadas o madres con hijos menores de edad a su cargo y personas con enfermedades de base o terminales; empero, en el presente caso, tanto la Vocal hoy accionada como su persona pueden asistir a una audiencia presencial.