SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2020-S4

Fecha: 24-Nov-2020

Respecto al segundo aspecto

           Respecto al segundo aspecto que la impetrante de tutela alega como lesivo a sus derechos, consistente en la decisión de mantener la medida cautelar de detención preventiva, sin considerar su delicado estado de salud y la  situación de vulnerabilidad en que se encuentra frente a la emergencia sanitaria establecida por el COVID-19 y la omisión de aplicar el test de proporcionalidad para determinar que esa medida no es justificada; conforme se tiene de los argumentos contenidos en el cuestionado Auto de Vista 130/2020, el Vocal demandado en el punto séptimo de la indicada Resolución, dejó constancia que ese no fue un punto de agravio expuesto en el recurso de apelación; no obstante, señaló que si la imputada considera que su delicado estado de salud y otras circunstancias le estuvieran afectando, puede acudir ante el Juez que ejerce el control jurisdiccional o en su caso al Juez de Ejecución Penal de Turno, adjuntando la documentación pertinente que acredite esa situación, pudiendo inclusive solicitar ante la Dirección del mismo Centro Penitenciario, que le otorgue una inmediata protección; razonamiento que en criterio de este Tribunal, no vulnera los derechos invocados en la presente acción tutelar, habida cuenta que, conforme se tiene de los agravios interpuestos en apelación, glosados  al inicio de este apartado, la impetrante de tutela, no precisó entre éstos, los extremos ahora alegados, así como tampoco solicitó la aplicación de aludido test de proporcionalidad, no resultando razonable exigir a la autoridad demandada el pronunciamiento expreso sobre cuestiones no sometidas, conforme al curso legal correspondiente, a su consideración; más aún, cuando en el recurso de complementación  interpuesto, tal solicitud tampoco fue manifestada de forma expresa, pues la defensa de la ahora accionante, en relación a su estado de salud, limitó su pretensión de complementación a que la imputada se mantenga hospitalizada hasta que se finalicen los exámenes y exista un alta médica expresa; la cual, fue atendida favorablemente por el Vocal demandado, correspondiendo en consecuencia, denegar la tutela solicitada, también en relación a este extremo.