SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2020-S3
Fecha: 16-Nov-2020
criterio sospechosos de discriminación
El acto arbitrario asumido por el Vocal accionado, para imponer semejante fianza económica, es la ausencia absoluta de fundamentación, debido a que no explica las razones jurídicas de su decisión, tampoco cita norma jurídica alguna que respalde su decisión, resolución que incluso adolece de un análisis de índole cultural, social y axiológico, porque no toma en cuenta que no se encuentra trabajando, fue suspendido de su actividad como Profesor rural, y como refirió no está generando ningún tipo de ingreso económico, ni siquiera para el sustento de su familia. Así también, resulta ser una determinación injusta, ya que vulneró el principio de igualdad, en razón a que existe un “…criterio sospechosos de discriminación…” (sic), ya que, al
ex Gobernador del departamento de Chuquisaca “Esteban Urquizo” que trabajó dos gestiones seguidas, se le impuso una fianza económica de Bs25 000.- (veinticinco mil bolivianos); lo que evidencia que la decisión asumida por el Vocal accionado, es discriminatoria y violenta su derecho a la igualdad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- criterio sospechosos de discriminación
- I.1.2. Derecho y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como parte del debido proceso
- la fundamentación y motivación de una resolución que resuelva cualquier conflicto jurídico, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos, realizando la fundamentación legal y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la resolución; en suma se exige que exista plena coherencia y concordancia entre la parte motivada y la parte dispositiva de un fallo
- la motivación ‘es la exteriorización de la justificación razonada que permite llegar a una conclusión’
- la fundamentación constituye la estructura jurídico-legal que sustenta los entendimientos expresados por el
- resulta aplicable de manera excepcional en aquellos casos donde la norma procesal ordinaria prevé específicamente medios de defensa idóneos y oportunos para resguardar el derecho a la libertad cuya lesión se denuncia; mecanismos intraprocesales que deben ser utilizados por el impetrante de tutela con carácter previo antes de acudir a la vía constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- ii) Sobre la fianza económica impuesta - imposibilidad de cumplimiento
- CONFIRMAR