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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2020-S3

    Fecha: 11-Nov-2020

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 04/20 de 3 de abril de 2020, cursante de fs. 22 a 25 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Elías Tordoya Osinaga y René Sauciri Choque en representación sin mandato de Emilio Enrique Cáceres Chacón contra José María Coronel Veizaga, Director del Centro Penitenciario Palmasola del departamento de Santa Cruz.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • básico del derecho a la vida, del cual emergen el resto de los derechos, la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste
    • que considere que su vida está en peligro’
    • es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • A su ingreso al establecimiento, a todo interno se le practicará un examen médico para determinar su estado físico y mental y, en su caso, adoptar las medidas que correspondan
    • MINISTERIO PUBLICO
    • CONFIRMAR en parte

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