SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2020-S2
Fecha: 01-Dic-2020
i)
Carlos Martin Rodríguez Soria, en representación legal de Guido Gustavo Melgar Ballerstaedt, Viceministro de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, en audiencia, solicitó se deniegue la tutela impetrada, manifestando lo siguiente: i) No se identificó cual sería el acto vulneratorio, pues no obstante a indicar que se presentó el memorial el “1 de abril de 2019”, y contra lo expresado al respecto, por el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, no fue presentado recurso alguno, según el art. 401 del CPP, no se cumplió con lo previsto por el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en sentido de que la acción de defensa no procede si existe otro medio legal para la protección inmediata de los derechos o garantías restringidos; y, ii) De igual forma, existe el plazo de seis meses para interponer una acción tutelar, y tomando en cuenta que la providencia es de 3 de abril de 2019, el plazo para su presentación ya habría vencido, incumpliéndose así con los requisitos exigidos para plantear la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- Fragmento 5
- i)
- 1)
- Fragmento 8
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- causales de improcedencia
- además de las causales de improcedencia descritas supra, se encuentra la contenida en el art. 55 del CPCo, referida a la inobservancia del plazo de caducidad de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del principio de inmediatez que caracteriza a esta acción tutelar
- La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- 26 de abril de 2019
- CONFIRMAR