SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2020-S2

Fecha: 01-Dic-2020

1)

La accionante a través de su representante, ratificó los términos de la acción de amparo constitucional y la ampliándolo manifestó que: 1) La Sentencia 426/2015, del proceso de familia, entre los hechos probados, reconoció la existencia de la menor NN como fruto del matrimonio y el certificado de nacimiento; por lo que, no era razonable concluir que debía plantear un proceso de reconocimiento de paternidad; siendo que, el obligado no objetó tal aspecto; 2) El Tribunal de alzada concluyó que la apelación fue formulada de manera extemporánea, al no haberse interpuesto en el plazo de tres días; y, 3) La demanda inició en aplicación del régimen de los Códigos de Familia y de Procedimiento Civil abrogados, debiendo concluir en el mismo, considerando además que la Disposición Transitoria Primera del Código de las Familias y del Proceso Familiar modificado por la Ley 719 de 6 de agosto de 2015, prevé que entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016; de modo que, los Vocales demandados aplicaron erróneamente el art. 369 del CFPF para rechazar dicho recurso contra el Auto Interlocutorio 745/2015-A y no ingresar al fondo.