Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2020-S2
Fecha: 01-Dic-2020
II.5.
II.5. Consta Auto de Vista I-335/2018 de 16 de noviembre, emitido por Carmen del Rio Quisbert Caba y Jorge Adalberto Quino Espejo, Vocales de la Sala Civil Segunda y Cuarta, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy demandados-; por el que, declararon inadmisible el recurso interpuesto por Carlos Mauricio Valdez Orihuela en representación de la accionante, respecto a la apelación presentada contra el Auto Interlocutorio 745/2015-A (fs. 54 a 55).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 14
- III.1.
- contiene entre sus elementos al derecho de impugnación como un medio de defensa
- La garantía de la doble instancia admite el disenso con los fallos, permitiendo que una autoridad distinta de la inicialmente competente, investida además de otra jerarquía administrativa, pueda evaluar, revisar, compulsar y en definitiva corregir los defectos insertos en la decisión inicial, dando lugar de ésta manera a un irrestricto acceso a la justicia, aspecto íntimamente relacionado con el derecho a la defensa
- III.3. Sobre la aplicación del Código de las Familias y del Proceso Familiar
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR