SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
Fragmento 21
Así se tiene que los antecedentes que cursan en el expediente, informan que los padres de los impetrantes de tutela, actualmente fallecidos, contrajeron un préstamo de dinero con Carlos Antonio Aguilar Cortez, reconociendo en la escritura pública contenida en el Testimonio 51/2003 de 4 de agosto, que recibieron la suma de $us3 500.- por un plazo de noventa días y con un interés mensual del 3%; y, que garantizaron el cumplimiento de la obligación asumida con la garantía de todos sus bienes habidos y por haber; y, en especial, con el lote de terreno ubicado en la urbanización Cosmos 79 de El Alto del departamento de La Paz, con una superficie de 882 m2, con Partida 01161045 de la oficina de Derechos Reales del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- III.
- III.1. Principios que rigen la acción de amparo constitucional y sus requisitos
- “…
- Fragmento 15
- La jurisdicción constitucional en materia de amparo, cuando el recurso está referido a denuncias sobre supuestas violaciones dentro de procesos judiciales, sean ordinarios, ejecutivos, coactivos o de cualquier otra naturaleza, sólo puede analizarlas si dentro del mismo se han vulnerado derechos fundamentales.
- esta jurisdicción no puede desconocer la facultad privativa de los jueces y tribunales ordinarios para ingresar a valorar la prueba producida dentro del proceso judicial que motivó el presente amparo constitucional; por lo que no es posible que las autoridades judiciales de la jurisdicción constitucional, vuelvan a realizar esa valoración, por tener el amparo una finalidad concreta que es la protección de derechos y garantías fundamentales, cuando se constata la lesión o amenaza, de los mismos, extremo que no se evidencia en este caso
- III.2. Excepciones a la subsidiariedad en materia del proceso ejecutivo
- III.3.Análisis del caso concreto.
- III.3.1. Examen del cumplimiento del principio de subsidiariedad como presupuesto para el análisis de fondo de los argumentos planteados en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- CONFIRMAR