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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2020-S4

    Fecha: 01-Dic-2020

    II.1.

    II.1.    A través de la Sentencia 023/2018 de 17 de mayo, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz, William Leonardo Gutiérrez Cruz –ahora accionante–, fue condenado a quince años de presidio por el delito de violación; decisión contra la cual, se interpuso recurso de apelación restringida por memorial presentado el 8 de junio de 2018; que fue resuelto mediante Auto de Vista 72 de 9 de noviembre del mismo año, declarando su admisibilidad e improcedencia, confirmando en todas sus partes la Sentencia impugnada (fs. 2 a 6 vta.; 7 a 10; y, 12 a 15).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • iii) La revisión de la actividad interpretativa que realizan otras jurisdicciones que involucra el análisis de la motivación, congruencia, adecuada valoración de los hechos (valoración de la prueba) y adecuada valoración del Derecho (interpretación de las normas), no es la labor propia de la justicia constitucional, sin embargo, es insoslayable que las
    • De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
    • III.2.
    • b)
    • c)
    • que la finalidad sustancial del recurso de casación es que las normas jurídicas del país sean interpretadas de manera uniforme por el Tribunal de casación en los casos particulares, creando así la jurisprudencia que se constituya en la fuente del derecho, para satisfacer el anhelo de goce material del principio de igualdad y el derecho a la seguridad jurídica
    • el tribunal de casación es un órgano especializado para efectuar el control de legalidad de los actos suscitados en la justicia ordinaria; así, ante la denuncia de algún defecto absoluto,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • denegar la tutela solicitada en relación a este aspecto
    • con relación a la presunta inaplicación del art. 399 del CPP
    • Principio de subsanación
    • Esta obligación
    • CONFIRMAR

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