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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2020-S4

    Fecha: 15-Dic-2020

    Fragmento 17

    El art. 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que: “Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina”; esta disposición se convierte en un derecho exigible para los sujetos procesales.

    • acción de amparo
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • i)
    • denegar
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.10.
    • III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones
    • arbitrariedad
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • III.2.
    • se afecta la igualdad cuando la misma ley es interpretada en circunstancias similares de modo opuesto
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 2)
    • CONFIRMAR

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