Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2020-S3
Fecha: 04-Dic-2020
II.1.
II.1. Mediante Sentencia 301/19 de 6 de julio de 2019, la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz impuso la pena de diez años de privación de libertad contra Christian Vidal Llapacu Vicente -ahora accionante-; y, de tres años de privación de libertad para el coimputado, disponiendo que se expidan los correspondientes mandamientos de condena (fs. 13 a 14 vta. del Anexo).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- los
- Fragmento 15
- Se tiene establecido que las lesiones a la libertad física o de locomoción generadas dentro de procesos judiciales, están llamadas a ser restauradas por la misma jurisdicción ordinaria donde se tramita la causa, a través de los medios y recursos idóneos, oportunos y eficaces previstos en el ordenamiento jurídico para la restitución de derechos; y, solo en caso de ser agotados sin que se produzca el restablecimiento solicitado, es posible acudir a la justicia constitucional, ello en observancia al principio de subsidiariedad
- El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier tipo de lesión o vulneración que pueda atentar al derecho a la vida, la libertad o constituir una persecución o procesamiento indebido que atente o ponga en peligro el derecho a la libertad
- Respecto a la problemática identificada en el inc. a)
- Con relación a la problemática identificada en el inc. b)
- Respecto al primer presupuesto
- En cuanto al segundo presupuesto
- Sobre la problemática identificada en el inc. c)
- CONFIRMAR