SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2020-S3

Fecha: 16-Dic-2020

II.

II.17.  Consta nota DP/RIE/CBA/122/2019 de 19 de febrero, respecto al caso DP/SSP/CABA/122/2019 dirigida a la autoridad accionada, a través de la cual Nelson Marcelo Cox Mayorga, Delegado Defensorial Departamental de Cochabamba de la Defensoría del Pueblo, requirió informe amplio y detallado con relación al motivo por el cual no se habrían atendido las notas presentadas por el padre del menor impetrante de tutela en 5 y 14 del citado mes y año, y otorgado la documentación solicitada; revelando bajo que parámetros técnico educativos se tomó el examen de recuperación al adolescente AA, el puntaje que obtuvo y el que debió conseguir para pasar al curso inmediato superior, indicando de manera pormenorizada cómo se realizó la sumativa del puntaje en las dimensiones del saber y hacer; y, el ser y decidir, así como señale el justificativo técnico para que la nota de promedio del adolescente AA haya bajado de 50 a 49 puntos con el nuevo examen que dio, con constancia de recepción de 20 del referido mes y año a horas 11:07 (fs. 168 y vta.).

II.18.  A través de nota DDECBBA1-OFI-161/019 de 21 de febrero de 2019, el Director ahora accionado, puso a conocimiento del progenitor del menor ahora peticionante de tutela, que se respondió sus notas, “…otra cosa es que su persona no se digna en recogerlas (por lo que deslindamos cualquier responsabilidad” (sic); asimismo, en respuesta a la solicitud de certificaciones, informó que mediante oficio DDECBBA 1 OFI-0196/2019 de 14 del indicado mes y año, se puso a conocimiento lo solicitado en el primer punto; por lo que, se le insinúo recoger dicha nota de secretaria de despacho; además de señalar que, según normativa RM 001/2019 la inscripción de alumnos antiguos está garantizada, así estos estén reprobados; y que, los funcionarios de la “D.D.E.” como servidores públicos sencillamente cumplen con sus obligaciones tal cual están establecidas en el Manual de Funciones (fs. 170).