SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2020-S3
Fecha: 16-Dic-2020
II.16.
II.16. Mediante carta de 19 de febrero de 2019, los progenitores del menor accionante, reiteraron al Director accionado que no se respondió, a ninguna de sus notas desde el 3 de diciembre de 2018 hasta ese mes; además informaron la existencia, de irregularidades en la forma de calificar las pruebas, pues no se estaría realizando la sumatoria de los puntos a las casillas de ser y decidir, los resultados de las pruebas del saber y hacer a fin de obtener la nota final, así como la autoevaluación conforme Resolución “001/2018” POE; por lo que, pidieron certificación de ello, también la existencia o no de normativa, que permita a las unidades educativas, prohibir se reincorpore a alumnos que aprueben evaluaciones vía revisión de la Dirección Distrital de Educación; y, normativa por la que los funcionarios de dicha institución puedan realizar un trato diferenciado al resto de los estudiantes y padres en razón de sexo, color, orientación religiosa o política, constando recepción del documento en la misma fecha a horas 11:01
(fs. 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 27
- III.1. La excepción al cumplimiento del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional cuando se solicita la tutela de derechos y garantías constitucionales de niñas, niños y adolescentes
- Artículo 60. Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia
- traduciéndose en la responsabilidad de protegerlos a través de una efectiva tutela legal y judicial”»
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- Fragmento 34