En revisión la Resolución de 25 de septiembre de 2019, cursante de fs. 457 a 459 vta., que resuelve la queja por cumplimiento “distorsionado” de la SCP 1057/2017-S3 de 13 de octubre, dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución de 25 de septiembre de 2019, cursante de fs. 457 a 459 vta., que resuelve la queja por cumplimiento “distorsionado” de la SCP 1057/2017-S3 de 13 de octubre, dentro de la

Fecha: 18-Feb-2020

II.2.

II.2. Mediante Resolución 02/2017 de 31 de agosto, la Jueza de garantías, determinó: “1.- Con relación a la conminatoria de reincorporación de JENNY AMUSQUIVAR BERMUDES, CONCEDE la tutela impetrada; en consecuencia se dispone que la EMPRESA NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A., cumpla con la CONMINATORIA NºMETPS/JDTCBBA/Nº118/2017, de 2 de junio de 2017, dentro de las 48 horas desde su legal notificación y sea con costas. 2.- Con relación al pago de salarios devengados y demás derechos sociales, a la fecha de su reincorporación, así como la reparación de daños y perjuicios ocasionados por haberla despojado de su justo salario, se deniega la tutela constitucional…” (sic [fs. 271 a 275]).