En revisión la Resolución de 25 de septiembre de 2019, cursante de fs. 457 a 459 vta., que resuelve la queja por cumplimiento “distorsionado” de la SCP 1057/2017-S3 de 13 de octubre, dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución de 25 de septiembre de 2019, cursante de fs. 457 a 459 vta., que resuelve la queja por cumplimiento “distorsionado” de la SCP 1057/2017-S3 de 13 de octubre, dentro de la

Fecha: 18-Feb-2020

III.2. Análisis de la queja por cumplimiento “distorsionado”

Antes de ingresar al análisis de la denuncia de cumplimiento “distorsionado” objeto de este fallo, corresponde señalar que por memorial presentado el 23 de agosto de 2018, la activante interpuso denuncia por cumplimiento “distorsionado” de la SCP 1057/2017-S3 que, previo informe de la empresa demandada, mereció el Auto de 25 de septiembre de 2019; a tal efecto, la prenombrada por escrito de 27 del citado mes y año, cursante de fs. 462 a 468 vta., presentó “recurso de queja denunciando el cumplimiento distorsionado” de la aludida Sentencia Constitucional Plurinacional; mismo que se entiende como impugnación a la Resolución de la Jueza de garantías, de lo que se advierte que se cumplió con el procedimiento previo para que este Tribunal conozca y resuelva la denuncia de cumplimiento “distorsionado” planteada, por cuanto, si bien, en el citado memorial de 27 de septiembre de 2019 se consigna en la suma como recurso de queja; sin embargo, a partir del contenido del mismo se advierte que se trata de la impugnación al Auto de 25 de septiembre de 2019, pronunciada por la Jueza de garantías, consiguientemente, se tiene por cumplido el requisito de impugnación del rechazo con relación a la mencionada denuncia.