Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0019/2020-S1
Fecha: 13-Mar-2020
2° Exhortar
2° Exhortar a los Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, asumir las recomendaciones realizadas en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional, a efectos de realizar un adecuado control constitucional en otros asuntos sometidos a su conocimiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- Fragmento 13
- III.1. Sobre las dimensiones de la cesación de los efectos del acto reclamado, como causal de improcedencia prevista en el art. 53.2 del Código Proceso Constitucional. Diferencias entre la teoría del hecho superado y la sustracción de materia.
- la carencia de objeto procesal
- 2)
- SCP 1894/2012 de 12 de octubre
- Fragmento 18
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar
- MAGISTRADA